Nuestra firma ofrece asesoramiento y gestión de reclamos para siniestros de destruccion total por accidente.

En la actualidad el mercado asegurador ofrece dos clausulas que determinan la destrucción total de un rodado. Por un lado la denominada «clausula del 80%» que determina la destrucción total cuando el valor de la reparación supere el 80% del valor del rodado en plaza. Y por otro lado la controvertida «clausula del 20 % » que determina la destrucción total del rodado cuando el valor los restos no superen el 20 % del valor del rodado en plaza.

Nuestra firma brinda asesoramiento legal para los asegurados que sufrieron un siniestro de tal magnitud que consideran que pueden llegar a determinar la destrucción total de su rodado.

Es importante destacar que si bien la aseguradora puede rechazar el siniestro, esto es atacable por vía judicial.

Por ello si Ud. Sufrió un siniestro y; considera que, eventualmente puede determinarse la destrucción total de su rodado, comuníquese con nuestro estudio ya que el asesoramiento letrado desde el inicio puede evitar prolongados reclamos judiciales. En el supuesto de no haberse asesorado desde un inicio sepa que tiene igualmente derecho al cobrar la destrucción total de su rodado si la reparación no resulta económicamente viable.

Comuníquese con nuestra firma mediante formulario o telefónicamente y lo asesoraremos para resguardar integramente su patrimonio.